viernes, 25 de noviembre de 2011

Regulación del Currículum de Educación primaria en C-LM

Antes de indagar y explicar cómo está regulado el currículum de Educación primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha en la normativa actual (a través de qué normas y que relación existen entre ellas) hay que dejar claro que existen tipos de normas y que cada una de ellas no tienen el mismo rango.

Para llegar a lo que es el currículum de Educación primaria en la Comunidad Autónoma de C-LM, que por decirlo así, es el fin de un largo proceso de aprobaciones y relaciones entre leyes, tenemos que partir siempre de la Constitución Española. Anticipo que el currículum está aprobado por una Ley Orgánica y el marco de partida de toda Ley Orgánica es la Constitución Española, concretamente en el artículo 27 en el que se establece el derecho a la educación.

Como he dicho antes, no todas las normas tienen el mismo rango; hay normas que corresponden al Estado y otras a las Comunidades Autónomas. Así, el currículum de Educación primaria en la C. Autónoma de C-LM está regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación.

Para el currículum en la C. Autónoma de C-LM sabemos que está regulada por la Ley Orgánica antes citada, pero el proceso de regulación no se queda ahí, sino que existen otros tipos de leyes como los Decretos, que complementan a las Leyes Orgánicas. En nuestro caso es el Decreto 68/2007, de 29/05/2007, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha.

Así pues, ya que el currículum va dirigido a la C. Autónoma de C-LM, corresponde a la Junta de Comunidades de C-LM todo lo relacionado con el desarrollo del currículum y según a otras leyes o decretos que están un nivel por encima de la Junta como son el artículo 37.1 del Estatuto de Autonomía aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 agosto por el que se establece la competencia en el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados y modalidades y especialidades o el Real Decreto 1513/2006 de 7 diciembre de 2006, que fija las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación primaria y corresponde a la Administración de la C. Autónoma de C-LM determinar el currículo que responda a los intereses, necesidades y rasgos específicos del contexto social y cultural de Castilla - La Mancha.

Para que entre en vigor el currículum, el Decreto tiene que estar firmado por el Presidente de la C. Autónoma de C-LM y el Consejero de Educación y Ciencia, con sus respectivas disposiciones (transitorias, derogatorias y finales).

Para tener claro cómo está regulado el currículum en la C. Autónoma de C-LM, aquí este esquema paso a paso, de mayor rango a menor rango:


Constitución Española -----> Ley Orgánica -----> Decreto -----> se desarrolla a través de -----> Órdenes ----->  Implicación de la C. Autónoma (en este caso la de C-LM) ----> Disposiciones y Firmas.



Ahora, sabiendo todo ésto, nos planteamos una pregunta:

- ¿Qué tiene que aprender un alumno matriculado en un colegio en concreto?


Primero, tenemos que saber que todo alumno matriculado en un colegio en concreto, debe tener toda su enseñanza de Educación primaria regulada por un currículum.

La respuesta es clara. El alumno tiene que aprender todas las enseñanzas mínimas que disponga el currículum. Éste es el encargado de decir cuáles son las enseñanzas mínimas que se deben de aprender, los contenidos, los objetivos a cumplir y las competencias a alcanzar en desarrollo de enseñanza - aprendizaje y siempre con sus respectivos procesos metodológicos y criterios de evaluación que se hayan acordado.


Ahora bien, cada centro tiene una identidad concreta y lo que deben de aprender lo pone en un apartado en concreto. Este apartado es una parte del Proyecto Educativo de la Programación Didáctica de cada comunidad. En la Programación Didáctica se concreta la autonomía pedagógica del centro y cada centro, lógicamente, tiene la suya. Es como si se ampliara dos o tres elementos más del centro respecto a lo que dice la Ley Orgánica, el Gobierno y la propia Comunidad Autónoma. Los centros tienen autonomía y existe una responsabilidad enorme para saber lo que tiene que aprender el alumnado según la focalización del centro.







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