sábado, 26 de noviembre de 2011

Profundización de los órganos de Gobierno en los Centros Públicos

En esta entrada, voy a analizar cómo esta compuestos los dos tipos que existen de órganos de Gobierno en los Centros Públicos y puede, que algunos de ellos se queden sin explicar por motivos de expansión de la entrada y explicación en entradas posteriores que se adecuan más al tema propuesto.

Como he citado en la entrada anterior, los órganos de Gobierno en los Centros Públicos, están formados por los órganos colegiados de gobierno y los órganos unipersonales. Estos órganos son la esencia de la actuación, y lógicamente cada uno de sus elementos tiene una composición y unas funciones que desempeñar.

Empiezo hablando de los órganos colegiados. En un colegio de Educación primaria e se dan por orden de rango o importancia los siguientes.

  • Consejo Escolar. 
(Se verá su composición y sus funciones en entradas posteriores)


  • Claustro de profesores.
(Se verá su composición y sus funciones en entradas posteriores)

  • Equipos de ciclo.
Son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del Jefe de Estudios, las enseñanzas propias de cada ciclo o nivel. Están formados por todos los maestros que imparten dodencia en un mismo ciclo y son los encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de ciclo. La persona esencial de un Equipo de ciclo es el Coordinador de Ciclo que es aquel maestro/a definitivo que imparta docendia en un mismo ciclo. Las funciones de los Equipos de ciclo irán encaminadas a formular respuestas referentes a la elaboración del proyecto educativo de centro y a la programación general anual, así como a la comisión de coordinación pedagógica en relación a la elaboración de los proyectos curriculares de etapa. Tamibién son de gran importancia las propuestas que hacen para la realización de las actividades extraescolares y complementarias.
  • Equipo de actividades extraescolares y complementarias.
Está formado por maestros/as que imparten docendia en el colegio donde se desarrollan estas actividades extraescolares y complementarias y tienen por objeto completar la formación del alumnado en aspectos que el currículum no aborda suficientemente. Este objetivo se aborda a través de situaciones educativas que a menudo desbordan el marco de la clase.
  • Comisión de coordinación pedagógica.
Esta compuesto por el Director del centro, el Jefe de Estudios, el Coordinador de ciclo y el Secretario del centro. Sus funciones son importantes en el desarrollo del centro y son:
-  Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.
- Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo del centro.
-  Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de la programación didáctica, del plan de orientación académico y profesional y del plan de acción tuturial, incluidos en el proyecto curricular de etapa.
-  Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.
-  Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.
-  Proponer al claustro las planificación general de las sesiones de evaluación y calificación en el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.
-  Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de etapa, los aspectos generales docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar del colegio y del proceso de enseñanza.
  • Equipo de normalización lingüística.
Tiene como objetivo principal impulsar y promocionar el uso la lengua de un determinado dialecto tanto en las aulas como en la relación con el exterior. También tratan de mantener vivas las tradiciones y la cultura. Al comienzo del curso se marcan las actividades que se realizarán a lo largo del curso para conseguir esos objetivos. El Equipo de normalización lingüística está formado por maestros que impartan docendia en dicho centro.
Ahora voy a analizar los órganos unipersonales. Los miembros de éstos forman al completo el Equipo directivo y son los siguientes:
  • Director.
Es el máximo responsable de un centro educativo. De su figura, de salir la aprobación de todo lo que se valla a desarrollar en el centro. Según la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, el Director de un centro tiene las siguientes funciones:
Ostentar la representación del centro, representar a la Administración Educativa en el mismo y hacerla llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
-  Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.
-  Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
-  Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
-  Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
-  Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
-  Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismo que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
-  Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
-  Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
-  Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
- Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del Equipo Directico, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.
-  Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.
  • Jefatura de Estudios.
Tiene funciones de representación, información, planificación, coordinación, control - evaluación, dirección, gestión y recursos y animación. Citamos alguna:
 
-  Representación, como sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
-  Información, como asegurar la difusión eficaz de las actividades, noticias y informaciones y la efectividad de los canales de doble dirección.
-  Planificación, como participar en la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del Equipo Directivo.
-  Coordinación, como coordinar las actividades de carácter académico.
-  Control - Evaluación, como velar con el cumplimiento de los horarios académicos.
-  Dirección, como ejercer por delegación del Director, y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al márgen académico.
-  Gestión y Recursos, como confeccionar los horarios académicos y vigilar su cumplimiento.
-  Animación, como coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
  • Secretario.
Sus funciones son:
 
Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director.
-  Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
-  Custodiar los libros oficiales y archivos del Centro.
-  Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
-  Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado.
-  Adquirir el material y el equipamiento del Centro, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director.
-  Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura de personal de administración y servicios adscritos al Centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
-  Elaborar, con la colaboración de los distintos órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.
-  Elaborar el anteproyecto de ingresos y gastos del Centro.
-  Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
-  Cualesquiera otras que les sean atribuidas por la normativa vigente y por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro.
  • Tutor.
El tutor tiene las siguientes funciones:
Participa en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de Estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
-  Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales.
-  Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo.
-  Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.
-  Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. 
-  Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que establezca la jefatura de estudios. 
-  Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
-  Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.
-  Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.
-  Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

Hasta aquí esta entrada sobre los dos tipos de órganos de gobierno que existen en un Centro Público. Como habéis podido observar, todo el proceso de enseñanza - aprendizaje tiene un entramado muy complejo detrás de él, y que sin la presencia de éste, no sería posible la educación en las escuelas.

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