viernes, 2 de diciembre de 2011

Claustro de Profesores

Como el título dice, esta entrada va centrada sobre el Claustro de profesores, sin duda un órgano importante de la escuela en función de la planificación y coordinación de sus aspectos educativos.


En esta entrada me centro, apoyándome en la Ley Órganica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, en la explicación de las funciones del Claustro de profesores respecto al enfoque curricular del colegio y para explicar la relación que tiene este órgano con la Innovación Metodológica.


Según la Ley Órganica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, el Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.


El Claustro de profesores  será presidido por el Director del centro y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.


El Claustro de profesores se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro de profesores al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro de profesores será obligatoria para todos los miembros.

 En función del enfoque curricular del colegio, el Claustro de profesores debe:


-  Formular el Equipo Directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
-  Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
-  Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
-  Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
-  Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la Ley Órganica 2/2006, de 3 mayo, de Educación.
-  Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
-  Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
-  Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
-  Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
-  Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Respecto a la Innovación Metodológica, el Claustro de profesores es un elemento necesario e importante para que se cumpla el deseo de dicho desarrollo en un centro escolar.

Es visible que la Innovación Metodológica está presente cada día en los centros educativos e incluso en nuestras vidas. En los centros, concretamente, la aparición y evolución de la sociedad del conocimiento, el consecuente auge de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación), como internet, ordenadores, tabletas digitales, redes sociales y la convivencia de los escolares y profesores con las mismas, demandan un cambio metodológico e innovador en la escuela actual..

Las TIC no son el fin para alcanzar nuestros objetivos, sino el medio para lograr que los alumnos sean personas autónomas, competentes, críticas y completas.

Para la realización de toda la Innovación Metodológica, hace falta un proyecto, y en él debe participar el Claustro de profesores de una forma que incida de manera importante en él. En este proyecto de Innovación Metodológica, deben estar implicados además del Claustro de profesores, el Equipo Directivo, los alumnos y los padres de éstos también.


Pero lo que incide realmente en el desarrollo de la Innovación Metodológica es el Claustro de profesores. La gestión de un proyecto único, colaborativo (o más bien cooperativo) entre los miembros del claustro es lo que hace encender la mecha de esa innovación. En mi opinión no tendría que haber docentes ni aulas innovadores, sino que tendrían que existir claustros de profesores innovadores. Claustros con cohesión, de apoyo, de decisión... gestión llevada a los últimos extremos por parte de ese gran movimiento asambleario y, tan importante que es el Claustro de profesores.


Pero, si en un centro tenemos un Claustro de profesores demasiado individualista que ha perdido su función asamblearia y de búsqueda de interés global, más centrado en las particularidades que en las necesidades reales del aula, al no ser un claustro fuerte e implicado, es raro que se desarrolle de forma correcta la Innovación Metodológica en ese colegio.


En conclusión, pienso a modo de metáfora que el Claustro de profesores son aquellas personas que actúan a modo de tripulantes de un gran barco (que es el centro educativo) y que deben guiarlo correctamente para llegar a tierra y conseguir los objetivos propuestos. Por el camino se debería apostar por la Innovación Metodológica de sus procesos, ya que facilitaría mucho el trabajo, donde siempre se notará a la larga en la mejora de la consecución de las metas.


Mi frase es:


" Sin Innovación, no hay progresión"

No hay comentarios:

Publicar un comentario